¿Cuáles son las medidas que ha adoptado el gobierno frente al COVID-19?

Medidas adoptadas para apoyar a familiar y colectivos más vulnerables

  • Refuerzo y apoyo en servicios de rehabilitación y similares, siendo trasladados al ámbito domiciliario.
  • Se prohíbe cortar a las familias en situación de vulnerabilidad el suministro de agua, luz, gas e Internet mientras dure el estado de alarma.
  • Los trabajadores de las empresas que acrediten que tienen cuidar niños, personas mayores o discapacitados podrán pedir reducción de jornada de hasta el 100%, sin posibilidad de proceder al despido contra ellos.
  • Las familias que acrediten dificultades económicas podrán suspender el pago de su hipoteca, para lo cual deberán dirigirse al banco y aportar toda la documentación que el banco les solicite.

Los contratos pueden ser a tiempo parcial o completo con una duración determinada o indefinida y se puede establecer un tiempo de prueba de 2 meses.

Aplazamiento ante Hacienda

Se amplían hasta el 30 de abril los plazos de pago de deudas tributarias, vencimientos de aplazamientos y fraccionamientos, plazos para atender requerimientos, diligencias de embargo y solicitudes de información con transcendencia tributaria, para formular alegaciones ante actos de apertura de dicho trámite o audiencia, y devolución de ingresos indebidos que no hayan concluido a la entrada en vigor de este decreto-ley.

Renovación del DNI

Si te ha vencido durante este periodo el DNI, se prorroga automáticamente su duración durante 1 año.

Ampliación del tiempo para el pago de hipotecas

Las unidades familiares cuyos ingresos no alcancen el triple del IPREM o que tengan personas en situación de desempleo podrán solicitar a las entidades financieras y de crédito la moratoria de las cuotas de los préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda habitual.

Igualmente podrán solicitarlo aquellas unidades familiares cuya cuota de hipoteca sumada a los importes de las facturas de suministros básicos alcance el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar o quienes vean reducidas sus ventas en más de un 40%.

Medidas adoptadas para apoyar a los autónomos y pequeñas empresas

Medidas para autónomos

Los autónomos que cesen su actividad o vean reducida su facturación en más de un 75% podrán solicitar una prestación consistente en el 70% de su base reguladora hasta el último día del mes en el que se finalice el estado de alarma.

El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los periodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

ERES y ERTES

Se agiliza la tramitación de ERES y ERTES considerando causa de fuerza mayor la relacionada con el COVID 19 y se exonera a las empresas de la obligación de cotizar cuando tuviera menos de 50 trabajadores en situación de alta, o del 75% cuando tuviera 50 trabajadores o más.

Los contratos de trabajo durante el ERTE estarán suspendidos, no extinguidos. Los trabajadores deberán volver a ser contratados exactamente en las mismas condiciones y número que estaban en la empresa, con las mismas condiciones.

Si se concede a la empresa un ERTE, la empresa se compromete a mantener el empleo de esos trabajadores durante 6 meses una vez reanudada la actividad, en caso contrario le será reclamado todo lo bonificado, pudiendo, como de hecho será sancionado por la Inspección de Trabajo.

Préstamos a las empresas

Mientras dure la situación de alarma se facilita el acceso a préstamos blandos para las Pymes y los autónomos, bien a través directamente de los Bancos o bien a través de ICO.

Todas las gestiones se harán directamente a los bancos.

Si tienes alguna duda sobre alguna de estas medidas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te las resolveremos y te ayudaremos.